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Conceden a padres registrar a hijas con apellido materno primero


Debido a que las niñas tienen 11 meses de edad, se deja libre el derecho a escoger el orden de sus apellidos cuando cuenten con la edad y madurez suficientes

Conceden a padres registrar a hijas con apellido materno primero
Marzo 05, 2015 09:23 hrs.
Cultura ›
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Una jueza federal amparó a unos padres de familia a los que les fue negado registrar a sus dos hijas de 11 meses con el apellido paterno de la madre en primer lugar y el apellido paterno del padre en segundo.

Esto, porque aunque el año pasado la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) modificó el Código Civil local para que los progenitores elijan libremente el orden de los apellidos de sus hijos, esta ley aún no está vigente, pues la Consejería Jurídica y de Servicios Legales capitaina regresó la iniciativa con observaciones por considerar que la medida generaría discrepancias en la realización de diversos trámites ante autoridades federales.

Paula García Villegas, jueza segunda de Distrito en Materia Administrativa, tomó como base el derecho humano a la igualdad, a la no discriminación y a gozar de un nombre propio para declarar inconstitucional el artículo 58 del Código Civil del Distrito Federal por considerar que, indebidamente, establece una prelación del varón sobre la mujer al disponer que su apellido irá primero en el nombre de los hijos y el de la esposa después, lo que implica un desconocimiento a la igualdad de género.

Según la jueza, tal inconstitucionalidad se da porque prescribe la forma en la que deben formularse los nombres de los menores nacidos de un matrimonio heterosexual, lo que implica un trato desigual hacia las mujeres y fortalece la estigmatización de roles sociales en los que la progenitora tiene una valor familiar y social menor que el padre.

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