David Gómez | Megaopinion

Este lunes comienza la aplicación de las fotocívicas en CDMX


Para los conductores capitalinos las multas se convertirán en cursos y jornadas de trabajo comunitario

Este lunes comienza la aplicación de las fotocívicas en CDMX


Abril 22, 2019 13:39 hrs.
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David Gómez › Megaopinion

La Secretaría de Movilidad (Semovi) informó que, de acuerdo con el nuevo Reglamento de Tránsito de la CDMX, todas las matrículas vehiculares cuentan con 10 puntos y cada infracción que se registre por las cámaras de la ciudad restará un punto (a excepción las que rebasen los límites de velocidad por más del 40%, donde se perderán cinco puntos).

Al perder el tercer punto, los dueños de los vehículos deberán tomar un curso básico en línea. Perder el cuarto punto tendrá como penalidad un curso intermedio en línea; perder el quinto punto ameritará cumplir con una sensibilización presencial, y a partir de la sexta infracción, deberán realizar horas de trabajo comunitario, según lo dispuesto en la Ley de Cultura Cívica.

Algunos de las conductas consideradas en las tablas de sanciones que ameritan penalización con pérdida de puntos a la matrícula son: no respetar la preferencia de paso y prioridad de uso de los peatones (artículo 6), circular en sentido contrario (artículo 8), conducir con personas o animales entre las piernas o dispositivos electrónicos que distraigan al conductor (artículo 38), y exceso de velocidad (artículo 9).

Para revalorizar las placas vehiculares de la Ciudad de México no se aplicarán inmovilizadores a vehículos en zonas de parquímetros; sólo se les multará conforme a lo dispuesto por la ley. Para quienes cuentan con placas foráneas, sí se colocarán estos inmovilizadores, y para ser liberados deberán pagar todos los adeudos registrados.

También, se reclasificaron algunas vialidades primarias, cuyas características físicas las hacen asemejarse más a vías de acceso controlado (carriles centrales y laterales y camellones divisores) como avenida Oceanía.

En los límites de velocidad no se presentan modificaciones, por lo que el tope en vías de acceso controlado es hasta de 80 kilómetros por hora, mientras en vialidades primarias, secundarias y en zonas escolares la velocidad máxima es de 50, 40 y 20 km/h, respectivamente. Al respecto, el secretario de Movilidad, Andrés Lajous, señaló que en una zona urbana donde el viaje promedio tiene una longitud de 8 kilómetros, es difícil justificar por qué ir a más de 112 kilómetros por hora.

También se cambió la definición de vehículos no motorizados, los cuales se consideran como: Todos aquellos vehículos que pueden ser movidos por tracción humana, pedaleo asistido y/o propulsión eléctrica; en este último caso, la velocidad máxima que podrán alcanzar con asistencia es de 25 km/h y no deben circular sobre la banqueta, como se indicaba para la bicicleta desde la versión anterior del reglamento.

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