Confirman resultados electorales en Edomex


Tras resolver 55 diferentes asuntos, los magistrados anularon sólo 16 casillas de 6 municipios sin que ello modificara el resultado final

Confirman resultados electorales en Edomex
Octubre 14, 2015 11:04 hrs.
Política ›
Ma. Teresa Montaño/El Universal › todochicoloapan.com

San Vicente Chicoloapan; El pleno del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM), confirmó los resultados de las elecciones del pasado mes de junio en un total de 23 municipios, incluyendo los de Nezahualcóyotl, donde el PRD ganó, además de anular la votación de 16 casillas de 6 municipios, sin que ello modificara el resultado final.

Durante una sesión pública de este martes, los magistrados que integran el pleno del organismo, resolvieron 50 juicios de inconformidad, cuatro juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano local, así como un recurso de apelación; ventilándose en total cincuenta y cinco asuntos.

Tras revisar las impugnaciones contra los resultados de 23 localidades promovidos por diversos actores políticos, cuyo argumento principal fue el rebase de topes de gastos de campaña, los magistrados determinaron que no se aportaron suficientes pruebas en cada caso.

Debido a lo anterior se confirmaron los resultados de las elecciones en los siguientes ayuntamientos: Acolman, Amanalco, Atizapán, Chalco, Chicoloapan, Cuautitlán Izcalli, Donato Guerra, Huehuetoca, Ixtlahuaca, Jilotzingo, La Paz, Mexicaltzingo, Nezahualcóyotl, Ocuilan, Ozumba, Papalotla, San Martín de las Pirámides, Tenango del Valle, Texcoco, Tlalmanalco, Tonatico, Zacualpan y Zumpango.

En los comicios de Huehuetoca, Nezahualcóyotl, Ozumba, Tlalmanalco y Zacualpan se estimó que se carecía de sustento el agravio relativo al rebase de topes de campaña mediante el cual se promovió la nulidad de los resultados.

Los magistrados indicaron que de la revisión a los informes de campaña de los ingresos y egresos de los candidatos a los cargos de diputados locales y ayuntamientos de esas jurisdicciones y contrario a lo sustentado por los justiciables, no se rebasaron los topes de gastos de campaña en dichas elecciones.

Por otra parte se anularon 16 casillas, al actualizarse la causal de nulidad de la votación prevista en el artículo 402, fracción Vll del Código Electoral del Estado de México, en tanto que algunos ciudadanos que las integraron no se encontraron en el listado nominal de la sección correspondiente a su domicilio.

Así, se anuló la votación de una casilla en Zumpango, seis en La Paz, dos en Huehuetoca, cuatro en Texcoco, una en Chicoloapan y dos en Mexicaltzingo.

En cada caso se realizó la modificación a los cómputos municipales respectivos, sin existir cambio de ganador.

De igual forma, por lo que hace a la elección de Chicoloapan, le asistió la razón a la parte actora, puesto que la autoridad responsable al desarrollar la fórmula de asignación de síndico y regidores por el principio de representación proporcional, no restó de la votación válida emitida, los votos de los partidos que no obtuvieron el 3 % para tener derecho a participar; por tanto, se revocó la asignación de la regiduría décimo tercera por resto mayor al instituto político Humanista, para otorgársela a los candidatos postulados por Encuentro Social.

Con información del Universal

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